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Para tramitar de manera virtual la afiliación, ingresa la siguiente documentación en nuestro portal de afiliación, preséntala en nuestros puntos de atención o a través de nuestra ejecutiva especializada al correo sbarrios@comfenalco.com
Nota:
Señor empleador, recuerde que es importante realizar el proceso de afiliación de sus trabajadores y su grupo familiar para que disfruten todos los beneficios de la Caja de Compensación. De igual manera, tenga presente lo estipulado en el artículo 10 de la ley 1636 de 2013 “Certificado de cesación de la relación laboral. Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la relación laboral, el empleador otorgará al empleado una carta o certificación de terminación de la misma, en la que indique la fecha de terminación.” Esto con el fin de que los cesantes puedan postularse al subsidio de desempleo que Comfenalco otorga.
Beneficios Decreto 1346 de 2020 - Ley 1979 de 2019
Señor empleador realizando la afiliación de trabajadores entre 18 a 40 años que tengan la calidad de veteranos de la fuerza pública de acuerdo al Decreto 1346 de 2020 y Ley 1979 de 2019 obtiene los siguientes beneficios:
• Exoneración a los empleadores de no realizar el pago de aportes a las Cajas de Compensación Familiar por el personal nuevo que inició contrato conforme al artículo 2 literal a) de la Ley 1979 de 2019, durante los dos primeros años de vinculación.
• Los trabajadores afiliados mediante este mecanismo gozarán de los servicios sociales referentes a recreación, turismo social y capacitación, organizados por parte de las Cajas de Compensación Familiar durante los tres (3) primeros años de vinculación.
Conozca más aquí: Decreto 1346 de 2020 - Ley 1979 de 2019
Si eres Afiliado a la Caja, realiza tus consultas a través de tu ejecutiva de cuentas. Consulta aquí: https://comfeweb.comfenalco.com/consultaejecutiva.php